recientemente la ANVDV (www.victimas.org) ha presentado una queja ante el Consejo General del Poder Judicial por considerar que determinada sentencia del tribunal Supremo que obliga a realizar un nuevo juicio por violación y asesinato representa un maltrato para las víctimas pues las daña e impide se recuperen por tener que revivivir aquellos hechos traumáticos. Es decir las somete a una victimización secundaria. Hoy quiero plantearos las siguientes cuestiones: ¿Tienen las víctimas derechos dentro del proceso?¿ Son estos derechos atendibles y amparables por los Tribunales? Es decir ¿tienen los Jueces y Tribunales la obligación de respetar y hacer respetar los derechos de las víctimas? ¿son los derechos de las víctimas oponibles frente a los derechos del imputado, procesado, acusado?
Dentro de la instrucción penal y del Juicio, propiamente dicho, surgen muchas cuestiones que se resolverían diferentemente si se reconociera el estatus de víctima: pensemos en el derecho a presentar prueba, en muchas ocasiones es denegada la prueba que solicitan las víctimas, por ejemplo el realizar una segunda autopsia (con el dolor que representa para la víctima es tener que solicitar esto). ¿Tiene derecho la víctima a un abogado desde el principio o sólo tiene este derecho el acusado?.
¿Tiene derecho la víctima a que un Juicio no se suspenda por las artimañas de la defensa? Por ejemplo no se presenta el acusado o un testigo de éste, etc... El Vicepresidente de la ANVDV y yo sufrimos la suspensión de un Juicio en Alcalá de Henares hasta en cinco ocasiones, con lo cual se duele la acusación pues los testigos (y demás pruebas) de la acusación empiezan a fallar también.
Tienen las víctimas, amigos y familiares, derecho a entrar en la Sala, a que se les guarde un sitio en ésta y a que no se les coarte ni asuste por los familiares y amigos de los acusados, que en algunas ocasiones llenan las Salas sin dejar sitio a las víctimas.
En resumen ¿tienen las víctimas derechos dentro del proceso penal?